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¿Qué es la constitución de régimen en condominio?

Un condominio es una propiedad que puede tener uno o más propietarios que cuentan con áreas exclusivas, pero también utilizan áreas comunes y debe crearse un régimen de propiedad en condominio.

De acuerdo al artículo 4 de la Ley de Propiedad en Condominio de inmuebles del Estado de Quintana Roo “la constitución del régimen de propiedad en condominio es el acto jurídico formal mediante el cual el propietario o propietarios de un inmueble, formalizan ante Notario Público declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento…”

Régimen de propiedad en condominio

  • Un condominio pertenece a distintos propietarios.
  • Al dividir el condominio en diferentes áreas se conservan elementos en común.
  • Por disposición testamentaria.

Para realizar la constitución del régimen de propiedad en condominio, el propietario o propietarios deben acudir ante la autoridad municipal competente y realizar la escritura pública. Con base en el artículo 9 de la ley antes mencionada, se deben presentar los siguientes documentos:

  1. Licencia de construcción o la de regularización de construcción expedida por la autoridad municipal competente.
  2. Ubicación, dimensiones, medidas, linderos y colindancias del inmueble que se sujetarán al Régimen.
  3. Descripción general de las construcciones y la calidad de los materiales utilizados o que se vayan a utilizar.
  4. Descripción de cada unidad de propiedad exclusiva, incluyendo el número, ubicación, colindancias, medidas, áreas y espacios para el estacionamiento, en caso de tenerlo.
  5. Establecimiento de zonas, instalaciones o las adecuaciones para cumplir con las normas que faciliten el uso del inmueble a personas con discapacidad.
  6. Valor nominal asignado a cada unidad y su parte proporcional (porcentaje de indiviso) en relación al valor nominal total del inmueble.
  7. Características del condominio, de acuerdo a su estructura y uso, así como el destino de cada una de las unidades de propiedad exclusiva.
  8. Descripción de los bienes de propiedad común, destino, especificaciones, ubicación, medidas, componentes y todos los datos que permitan una fácil identificación.
  9. Casos y condiciones en que puede ser modificada la escritura constitutiva del régimen y el reglamento.
  10. Constancia de terminación de obra expedida por la autoridad municipal competente para responder la calidad de la construcción, con una vigencia de 2 años a partir de la entrega total del condominio.
  11. Nombramiento del administrador, sus remuneraciones en su caso, facultades y poderes.
  12. Obligación de los condominios de garantizar el pago de las cuotas correspondientes al fondo de mantenimiento, administración y al fondo de reserva.

En QuAdrans law and finance te ayudamos a realizar los trámites de licencias para la constitución de régimen en condominio y uso de suelo, ya sea comercial, turístico o residencial.

Consultoría legal y contable en Playa del Carmen

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Showing 2 comments
  • OSCAR ARMANDO LUNA MARTINEZ
    Responder

    necesito una Escritura de Constitución de Régimen de Condominio en el salvador para presentarla en un travaja de u. era osible que se me pproporsione una aclaro en el salvador

    • QuAdrans law and finance
      Responder

      Buen día Ocar, por este medio no podemos asesorarte, pero te invitamos a contactarnos por cualquiera de estas dos vías:

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      Q. Roo. (984) 159 2000
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