In Fiscal

El 30 de abril del presente año el SAT tenía como fecha límite para las personas físicas presentar su declaración anual, pero como derechohabiente ¿sabías realmente cuáles son las deducciones personales que podrías hacer?, es por ello la importancia de acudir con especialistas en temas fiscales que puedan brindarte las mejores herramientas. 

También te puede interesar nuestro artículo: 4 motivos por los que cancelan tus facturas CFDI 

 

La deducción personal

 

Ahora ya sabes que debes hacer y con quién acudir, en QuAdrans puede brindarte la mejor asesoría sin demoras. A continuación te presentamos las deducciones personales que puede realizar una persona física para su declaración anual.  

 

Importante: Recuerda que algunas deducciones deben de ser pagadas con medios electrónicos como son tarjetas de crédito, débito, cheque o transferencia electrónica de fondos. 

 

Deducciones

  • Honorarios médicos dentales 
  • Gastos hospitalarios
  • Consultas con nutriólogos y psicólogos
  • Donativos 
  • Gastos médicos por incapacidad 
  • Gastos médicos por discapacidad 
  • Aportaciones complementarias 
  • Intereses por créditos hipotecarios 
  • Primas por seguros de gastos médicos 
  • Colegiaturas
  • Transporte escolar 
  • Lentes ópticos 
  • Gastos funerarios 
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro 

Finalmente la deducción de impuestos es un requisito básico para que cualquier negocio sea rentable. Este proceso resulta un apoyo fundamental en las finanzas y si la realizamos correctamente hasta puedes obtener una devolución de impuestos.

También puede interesarte nuestro vídeo: ¿Por qué los mejores colaboradores renuncian? 

En QuAdrans  law  and finance te orientamos correctamente en la toma de las mejores decisiones para tu empresa, somos un despacho global y fiscal. Si necesitas asesoría en temas fiscales no dudes en comunicarte con nosotros.  Conoce más de nuestro servicio fiscal dando clic aquí.

 

Despacho de contadores y abogados en Playa del Carmen

Recent Posts

Leave a Comment