La discrepancia fiscal de acuerdo a las autoridades fiscales (SAT): “Las personas físicas serán objeto de un procedimiento sobre discrepancia fiscal cuando sus gastos del año fiscal, (los datos al realizar su declaración anual), no correspondan a lo declarado o bien a la cantidad que le hubiera correspondido declarar”.
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¿Cuál es la sanción por la discrepancia fiscal?
De lo mencionado anteriormente, el SAT se refiere a la discrepancia fiscal como los gastos e inversiones realizadas por montos superiores a tus ingresos declarados. En algunos casos existen personas que evaden declarar todos sus ingresos. No cometas ese error.
Nota: Una vez notificada esta diferencia, tendrá 20 días hábiles para aclarar el origen o procedencia de los recursos
Cuando Hacienda detecta los ingresos de una persona que no cuadran con lo que está pagando de ISR, realiza una revisión (expedientes, declaraciones e información de terceros) y posteriormente informará a la persona cuál es el monto de las erogaciones brindándole veinte días para redactar un informe con argumentos y pruebas de los pagos.
Si durante ese tiempo no se logra recaudar la información, se debe pagar el ISR excedente y una multa extra. En algunos casos las autoridades pueden acusar a la persona de defraudación fiscal, un delito grave con pena de tres meses a nueve años de cárcel, este último caso basta con no presentar tu contra informe de discrepancia fiscal.
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