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El buzón tributario cumple con la función de enlazar la comunicación entre el contribuyente y el SAT. Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la hará llegar a través del buzón.

También te puede interesar nuestro artículo: ¿Es obligatorio activar el buzón tributario?

¿Qué actividades puedo hacer a través del buzón?

Para activar el buzón tributario depende del tipo de persona que lo solicita. Por ejemplo en el caso de las personas físicas: sólo es indispensable su contraseña o en algunos casos su e-firma. en el caso de las personas morales es imprescindible contar con e-firma. 

Es tu obligación tener activado tu buzón tributario 

Mediante el buzón tributario podrás presentar promociones, solicitudes, avisos o dar respuestas a requerimientos, así como obtener tu opinión de cumplimiento. ¿Te gustaría conocer todos los trámites y servicios que puedes realizar?  Da clic aquí.

Por tanto es importante que te mantengas actualizado con tus medios de contacto cuanto antes. Actualmente no necesitas acudir a las oficinas del SAT. Por eso aprovechamos este espacio para informarte que si eres una persona física debes mantener habilitado tu buzón a partir del 30 de Noviembre del 2020.

En el caso de las personas morales es a partir  del 30 de Septiembre del 2021. No te preocupes por tus datos. El buzón tributario es seguro, confidencial y personalizado. Además podrás realizar trámites exclusivos y recibir mensajes de interés.

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